La Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria (Sunat) aprobó hoy el porcentaje requerido para determinar el límite máximo de devolución del Impuesto Selectivo al Consumo (ISC) por combustible diésel en favor del transporte terrestre.

Así mediante Resolución de Superintendencia 000004-2021 de la Sunat, publicada hoy en el diario El Peruano, se dispuso esta medida referida al reglamento del Decreto de Urgencia (DU) 012-2019.
El DU 012-2019 establece que esta devolución se otorga a los transportistas que prestan el servicio de transporte terrestre regular de personas en el país y/o el servicio de transporte público terrestre de carga, que usen combustible diésel B5 y diésel B20 con un contenido de azufre menor o igual a 50ppm.
En la presente resolución de Sunat se fija el porcentaje para determinar el límite máximo de devolución del ISC dispuesto por el reglamento del DU 012-2019, aprobado por Decreto Supremo (DS) 419-2019 del Ministerio de Economía y Finanzas (MEF), como sigue:

Se dispone que esta resolución entra en vigencia a partir de mañana.

Fuente: Agencia Andina